Si la vivienda heredada tiene una hipoteca pendiente, pueden presentarse dos escenarios:
- Que la persona fallecida tuviera un seguro de vida vinculado a la hipoteca. Aunque no existe una obligatoriedad legislativa, la mayoría de los bancos exigen la contratación de un seguro de vida. Estos seguros en la mayoría de los casos cubren la totalidad de la deuda en el caso de que fallezca el titular. En este caso, es la aseguradora quien se encargará de pagar al banco y tú heredarás la casa libre de cargas.
- Que la persona no hubiera contratado un seguro de vida o que este no estuviera vinculado a la hipoteca: en este caso, puedes elegir entre dos alternativas.
- Hacerte cargo de la hipoteca y conservar la propiedad: puedes pagar la totalidad del préstamo pendiente de amortizar o cambiar la titularidad de la hipoteca para asumir el pago de las cuotas. Esta última opción se conoce como subrogación hipotecaria. Ten en cuenta, sin embargo, que está sujeta a la aprobación del banco.
- Aceptar la herencia a beneficio de inventario: esta opción te permite separar tu patrimonio personal del que has heredado. Por tanto, puedes aceptar la herencia, pero sin responder con tu patrimonio a las deudas del fallecido. Estas solo se pagarían con el dinero y los bienes heredados. Entonces, si recibes una sola vivienda y tiene una hipoteca pendiente, la casa debería venderse para amortizar el préstamo y tú heredarías el dinero sobrante.